Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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(APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA DE AGROTURISMO RURAL BIOMETEPE R.L. (BIOMETEPE R.L.)

RESOLUCIÓN N°. 001-2019 PJ RI MEFCCA, aprobada el 06 de junio de 2019

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 197 del 16 de octubre de 2019

El Ministerio de Economía Familiar Comunitaria, Cooperativa y Asociativa

en uso de las facultades que le confiere la Ley 290

CERTIFICA:

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de Rivas del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 024 se encuentra la Resolución No. 001-2019 PJ RI MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 001-2019 PJ RI MEFCCA, Rivas seis de Junio del año dos mil diecinueve, las dos de la tarde, en fecha veintiuno de Mayo del año dos mil diecinueve, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA DE AGROTURISMO RURAL BIOMETEPE R.L. (BIOMETEPE R.L.) con domicilio social en el Municipio de Moyogalpa, departamento de Rivas. Se constituye a las doce del mediodía del día treinta de noviembre del año dos mil dieciocho. Se inicia con once (11) asociados, ocho (8) hombres, tres (3) mujeres, con un capital suscrito de C$5,500 (cinco mil quinientos córdobas netos) y un capital pagado de C$5,500 (cinco mil quinientos córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DE AGROTURISMO RURAL BIOMETEPE R.L. (BIOMETEPE R.L.) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Keyla Esperanza Mena Romero; Vicepresidente (a): Norlan Luis Zambrana Morales; Secretario (a): Anry Rossmer y Rodríguez Valdivia; Tesorero (a): Ermenson Urtecho; Vocal: Carlos Roberto Barrios Álvarez. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Karla María Somarriba Somarriba, Delegada Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los seis días del mes de junio del año dos mil diecinueve. (f) Karla María Somarriba Somarriba, Delegada Departamental.
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