DECLARASE DÍAS FERIADOS EL 30 DE ABRIL, EL 1 Y 2 DE MAYO
ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 166, aprobado el 23 de abril de 1951
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 84 del 25 de abril de 1951
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que debe darse al pueblo de Managua el tiempo necesario para su expansión con motivo de la inauguración del nuevo período presidencial 1951-57, que constituye una oportunidad de regocijo para la colectividad.
ACUERDA:
Único:- Declarar días feriados para la Capital de la República el 30 de Abril y 1 y 2 de Mayo próximos.
Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., veintitrés de Abril de mil novecientos cincuenta y uno.- El Presidente de la República, SOMOZA.- El Ministro del Distrito Nacional, Andrés Murillo.