Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Laboral
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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ACUERDO, DISPONIENDO QUE ALGUNOS EMPLEADOS MEJOREN SUS CORRESPONDIENTES FIANZAS Y OTROS QUE LAS RINDAN

ACUERDO MINISTERIAL, aprobado el 15 de mayo de 1866

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 20 del 19 de mayo de 1866

El Gobierno:

Con presencia del informe de la Contaduría mayor, por el cual aparece que el Administrador de la aduana de San Carlos don Pánfilo Osorno, el de rentas de Chontales don Leandro Morales, el Tesorero general don Nicolas Buitrago, y el Administrador de rentas de Granada don Francisco Solórzano, no han mejorado sus respectivas fianzas, llenando el requisito que les falta, de mancomunidad con la esposa de fiador; y que el Contador vista de San Carlos don Domingo Montiel, el Administrador de tabaco y pólvora de Masaya don Tomas Abaunza y el de rentas de Masatepe don José Alvarado, aun no ha rendido la que les corresponde; en uso de sus facultades,
Acuerda:

1º. Si dentro de quince días de notificado el presente acuerdo a los mencionados empleados por los Subdelegados respectivos y Comandante de San Carlos, no hubiesen aquellos rendido sus respectivas fianzas ó mejorado los que las tienen viciadas, quedan por el mismo hecho suspensos de sus empleos.

2º. Los mismos Subdelegados de hacienda y Comandante de San Carlos, son encargados de hacer efectiva esta disposicion, bajo su mas estrecha responsabilidad; practicando lo que para este caso está dispuesto por la ley.

3º. Comuníquese.- Managua, mayo 15 de 1866- Martinez.

El Ministro de Fomento, encargado accidentalmente de la cartera de hacienda- Silva.
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