Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DECRETO LEJISLATIVO DE 15 DE ABRIL DE 1837, SOBRE QUE SE NOMBRE UNA COMISIÓN PARA QUE FORME LOS CÓDIGOS DE PROCEDIMIENTOS, PRUEBAS JUDICIALES I DISCIPLINA DE CÁRCELES

Código de la Legislación de la República de Nicaragua Libro Primero. De la Rocha, Jesús

La A. O. del Estado de Nicaragua considerando: que para el establecimiento de la nueva lejislación penal, es necesario la formación de los códigos de procedimientos, pruebas judiciales, i disciplinas de cárceles; i no pudiendo redactarlos una comisión de su seno por la premura del tiempo de las sesiones, ha venido en decretar i

DECRETA:

Art. 1º. Se nombrará i faculta a un individuo de fuera del seno de la Asamblea, para que formen los códigos de procedimientos, pruebas judiciales, i disciplinas de cárceles, que deben rejir en el Estado como complemento del nuevo sistema de lejislación penal.

Art. 2º. Concluidos que sean, los presentará a la Asamblea en las próximas sesiones de 1838 para su discusión i aprobación.

Art. 3º. Al individuo nombrado se le indemnizará su trabajo, con cuatrocientos pesos que se le satisfarán por la tesorería jeneral del Estado.

Art. 4º. El individuo será nombrado por la Asamblea, luego que el consejo representativo haya sancionado el presente decreto.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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