Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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APRUÉBASE CONVENIO DE PRÉSTAMO ENTRE GOBIERNO DE NICARAGUA Y EL BCIE PARA PROYECTOS DE CARRETERAS

RESOLUCIÓN No. 44, Aprobado el 04 de Julio de 1974

Publicado en la Gaceta No. 154 del 10 de Julio de 1974

LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,

A los habitantes de la República,

SABED:

Que la Asamblea Nacional Constituyente,

Ha ordenado lo siguiente:

RESOLUCIÓN No. 44

La Asamblea Nacional Constituyente de la República de Nicaragua,

En uso de sus facultades,

RESUELVE:

Único.- Se aprueba el informe presentado a esta Asamblea por el señor General Don Anastasio Somoza Debayle, como Presidente del Comité Nacional de Emergencia, y el señor General Don Gustavo Montiel, como Ministro de Hacienda y Crédito Público, y en consecuencia queda aprobado el Convenio de Préstamo suscrito el 28 de Febrero del corriente año, por los mismos señores, General don Anastasio Somoza Debayle, Presidente del Comité Nacional de Emergencia, y General don Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y Crédito Público, en representación del Gobierno de la República de Nicaragua, con el Banco Centroamericano de Integración Económica, por al suma de QUINIENTOS CINCUENTA MIL DÓLARES (US$ 550,000.00), fondos que sarán usados para financiar los estudios finales de Ingeniería, planos de construcción y documentos de licitación de los siguientes Proyectos de Carretera:

a) Acoyapa – San Carlos (Vía Troncal de 134 Kilómetros) y sus ramales con una longitud de 28 Kilómetros que conecta la Vía Troncal con dos puertos en el Lago de Nicaragua; y

b) Río Blanco – Siuna (Vía Troncal de penetración a la zona Atlántica de Nicaragua con una longitud de 112 Kilómetros).

Esta Resolución deberá ser publicada en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente. Managua, D. N., cuatro de Julio de mil novecientos setenta y cuatro.- CORNELIO H. HUECK, Presidente.- (f) RAMIRO GRANERA PADILLA, Secretario.- SEBASTIÁN VEGA BÁEZ, Secretario.

Por Tanto: Publíquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., seis de Julio de mil novecientos setenta y cuatro.- JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO.- (f) R. MARTÍNEZ L.- (f) EDM. PAGUAGA I.- (f) A. LOVO CORDERO.- Doy fe: LUIS VALLE OLIVARES, Secretario.- (f) LEANDRO MARÍN ABAUNZA, Ministro de la Gobernación.
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