Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN ACCIÓN INTERNACIONAL POR LA SALUD NICARAGUA (AIS-NICARAGUA)]

DECRETO A.N. N°. 2284, aprobada el 30 de junio de 1999

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 156 del 17 de agosto de 1999

DECRETO A.N. No. 2284

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1, Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN ACCIÓN INTERNACIONAL POR LA SALUD NICARAGUA (AIS-NICARAGUA), sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Matagalpa.

Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.

Arto. 3. La Asociación Acción Internacional por la Salud Nicaragua (AIS-NICÁRAGUA), está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los treinta días del mes de Junio de mil novecientos noventa y nueve. IVAN ESCOBAR FORNOS» Presidente de la Asamblea Nacional VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE, Secretario de la Asamblea Nacional

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, nueve de Agosto de mil novecientos noventa y nueve, ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.