Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DECRETO DE DEROGACIÓN DE ACUERDOS E INSTRUMENTOS SUSCRITOS ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y TAIWÁN

DECRETO A.N. N°. 8784, aprobado el 14 de diciembre de 2021

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 231 del 15 de diciembre de 2021

LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

ÚNICO

Que mediante Declaración del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Nicaragua, del 9 de diciembre de 2021, el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional declaró que reconoce: "que en el mundo sólo existe una sola China. La República Popular de China es el único Gobierno legítimo que representa a toda China y Taiwán es parte inalienable del territorio chino".

POR TANTO

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO A.N. Nº. 8784

DECRETO DE DEROGACIÓN DE ACUERDOS E INSTRUMENTOS SUSCRITOS ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y TAIWÁN.

Artículo 1 Deróguense los siguientes Decretos de la Asamblea Nacional:

1. Decreto A. N. Nº. 2085, Decreto de Aprobación del "Contrato de Préstamo 6020620002 suscrito con el Export-Import Bank (Eximbank) de la República de China para financiar el Proyecto Mejoramiento del Sistema de Riego en el Occidente del País", aprobado el 12 de noviembre de 1998 y publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 228, del 26 de noviembre de 1998.

2. Decreto A. N. Nº. 4971, Decreto de Aprobación del "Tratado de Libre Comercio entre la República de Nicaragua y la República de China (Taiwán)", aprobado el 13 de diciembre de 2006 y publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 13 del 18 de enero de 2007.

3. Decreto A.N. Nº. 5678, Decreto de Aprobación del "Protocolo de enmienda al capítulo 10 (inversión) del Tratado de Libre Comercio, suscrito entre la República de Nicaragua y la República de China (Taiwán)", aprobado el 24 de febrero del año 2009 y publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 52 del 17 de marzo de 2009.

4. Decreto A. N. Nº. 6746, Decreto de Aprobación del "Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de China (Taiwán) para la supresión de visas en pasaportes diplomáticos, oficiales y de servicios", aprobado el 25 de enero del 2012 y publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 18 del 30 de enero del 2012.

5. Decreto A. N. Nº. 7298, Decreto de Aprobación del "Acuerdo de Consolidación de Deuda entre la República de Nicaragua y el Export-Import Bank de China, firmado el veintiuno de junio del año dos mil trece por la República de Nicaragua y el Export-Import Bank de China (Eximbank-China)", aprobado el 9 de octubre de 2013, y publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 193 del 11 de noviembre de 2013.

6. Decreto A. N. Nº. 7666, Decreto de Aprobación del "Convenio Marco de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de China (Taiwán)", aprobado el 10 de febrero del 2015 y publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 30 del 13 de febrero de 2015.

7. Decreto A. N. Nº. 8038, Decreto de Aprobación del "Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de China (Taiwán)", aprobado el 23 de agosto del año 2016 y publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 166 del 2 de septiembre de 2016.

8. Decreto A. N. Nº. 8486, Decreto de Aprobación del "Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de China (Taiwán), sobre la Supresión de la Exigencia de la Doble Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros", aprobado el 27 de noviembre del año 2018 y publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 232, del 29 de noviembre de 2018.

Asimismo, de forma vinculante cubre jurídicamente, cualquier acuerdo, tratado, convenio o instrumento que se haya suscrito entre la República de Nicaragua y Taiwán antes del 9 de diciembre de 2021.

Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto: Publíquese.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, en la ciudad de Managua a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno. Dip. Loria Raquel Dixon Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.
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