Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO N°. 2603/BL-NI, SUSCRITO EL 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)

DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 6745, aprobado el 14 de diciembre de 2011

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 238 del 16 de diciembre de 2011

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 2052011 del 11 de octubre del año 2011, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 194 del 14 de octubre del año 2011, el Ministro de Hacienda y Crédito Público (MHCP), en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 28 de octubre del año 2011 con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el Contrato de Préstamo No. 2603/BL-NI, por un monto de US$45,000,000.00 (Cuarenta y Cinco Millones de Dólares de los Estados Unidos de América).

II

Que las condiciones financieras del préstamo otorgadas por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) son concesionales y están en armonía con los "Lineamientos de la Política de Endeudamiento Público 2011", publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 133 del 14 de julio del año 2010, con los objetivos propuestos en la Estrategia Nacional de Deuda Pública 2008-2011, publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 115 del 18 de junio del año 2008; y con lo establecido en la Ley No. 477, "Ley General de Deuda Pública" y su Reglamento, arto. 50, numeral 3.

POR TANTO

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente;

DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2603/BL-NI, SUSCRITO EL 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)

Artículo 1 Apruébese el Contrato de Préstamo No. 2603/BL-NI, suscrito el 28 de octubre del año 2011, por la República de Nicaragua, representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de US$ 45,000,000.00 (Cuarenta y Cinco Millones de Dólares de los Estados Unidos de América), para financiar el "Programa de Mejoramiento del Gasto y Gestión en Salud y Protección Social", a ser ejecutado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP).

Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil once. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.

Observación: Se respeta la publicación de esta norma jurídica en La Gaceta, Diario Oficial, referente al Art.
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