Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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[SE AUTORIZA AL PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA A COMPARECER ANTE LA NOTARÍA DEL ESTADO PARA SUSCRIBIR ESCRITURA PÚBLICA DE PERMUTA A FAVOR DEL FORO DE PRESIDENTES DE PODERES LEGISLATIVOS DE CENTROAMÉRICA Y LA CUENCA DEL CARIBE (FOPREL)]

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 99-2008, aprobado el 11 de marzo de 2008

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 58 del 28 de marzo de 2008

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL Nº 99-2008

El Presidente de la República de Nicaragua,

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA

Artículo 1. Con base a la “Ley N° 593, LEY QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO LA DONACIÓN A FAVOR DEL FORO DE PRESIDENTES DE PODERES LEGISLATIVOS DE CENTROAMÉRICA Y LA CUENCA DEL CARIBE DE VARIOS INMUEBLES”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N° 156 del 11 de agosto de 2006, se autoriza al Procurador General de la República a comparecer ante la Notaría del Estado para suscribir Escritura Pública de Permuta a favor del FORO DE PRESIDENTES DE PODERES LEGISLATIVOS DE CENTROAMÉRICA Y LA CUENCA DEL CARIBE (FOPREL)”, conjuntamente con el representante legal del FORO DE PRESIDENTES DE PODERES LEGISLATIVOS DE CENTROAMÉRICA Y LA CUENCA DEL CARIBE (FOPREL); de quince lotes urbanos localizados en el barrio San Sebastián, al Suroeste de la intersección de la Dupla Norte y Quinta Avenida Noroeste, zona institucional y parte del plan maestro del área central de esta ciudad capital por un lote de terreno de 2,042.83 metros cuadrados, equivalentes a 2,897.58 varas cuadradas, a desmembrarse de un lote mayor de 3,766 metros cuadrados (antigua Cárcel El Hormiguero) Matriz Numero Catastral 2952-3-04-047-37101, sin número de inscripción registral, y ubicado propiamente en el costado sur, calle de por medio, del actual Edificio de la Vice-Presidencia de la República, y cuya perimetral se describe de la manera siguiente: “El derrotero del lote a desmembrar inicia en el Punto Uno (1) que está ubicado en la esquina noreste de la parcela matriz, y de ahí con un rumbo Sur 88 grados, doce minutos, cincuenta y nueve segundos Oeste (88º35’59”), una distancia de 30.02 metros sobre la quinta Calle Sur, llegamos al Punto 2, de ahí giramos en dirección Sur con un rumbo Sur seis grados, cuarenta y seis minutos, dieciséis segundos Oeste (06º46´16”), una distancia de 62.70 metros, para llegar al Punto 3, de ahí giramos en dirección Este, con un rumbo Sur, ochenta y tres grados, trenticinco minutos, diecisiete segundos Este(83º35´17”), con una distancia de 33.21 metros, para llegar al Punto 4, de este punto, giramos en dirección Norte sobre la Avenida Central (Antigua Avenida Roosevelt) con un rumbo Norte tres grados, cuarenta y cinco minutos, treinta y dos segundos Este (03º45´32”), una distancia de 67.05 metros, llegando al Punto 1, o punto de partida, cerrando así el polígono irregular que constituye el lote a desmembrarse.

Artículo 2. La Permuta a que se refiere el artículo anterior será única y exclusivamente con el fin de construir el Edificio Sede de dicho organismo Parlamentario Regional, y se lleva a cabo en virtud de no haber podido llevarse a cabo en los terrenos señalados por el Acuerdo Presidencial 349-2007, por razones de interés social, y por estar autorizada la dicha permuta por el artículo 3, de la Ley Numero 593.

Artículo 3. El Procurador General de la Republica deberá tener a la vista los respectivos documentos justificativos y requeridos para la Permuta a que se refiere el artículo 1 del presente Acuerdo.

Artículo 4. Sirvan la Certificación de este Acuerdo y el de la toma de posesión del Procurador General de la República, como suficientes documentos para acreditar su representación.

Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los once días del mes de marzo del año dos mil ocho. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua.- Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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