Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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[APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGASE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA AGROPECUARIA PRODUCTORES ARROCEROS DE QUILALI R.L (COOAPAQ R.L)]

RESOLUCIÓN N°. 001-2022-PJ-NS-MEFCCA, aprobada el 01 de diciembre de 2022

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 11 del 23 de enero 2023

El Ministerio de Economía Familiar Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en uso de las facultades que le confiere la Ley 290

CERTIFICA

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de NUEVA SEGOVIA del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 014 se encuentra la Resolución No. 001-2022-PJ-NS-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 001-2022-PJ-NS MEFCCA, Nueva Segovia, uno de Diciembre del año dos mil veintidós, las diez de la mañana, en fecha diecisiete de Noviembre del año dos mil veintidós, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA AGROPECUARIA PRODUCTORES ARROCEROS DE QUILALI R.L (COOAPAQ R.L) con domicilio social en el Municipio de Quilalí, departamento de Nueva Segovia. Se constituye a las diez de la mañana del día diecisiete de Noviembre del año dos mil veintidós. Se inicia con once (11) asociados, nueve (9) hombres, dos (2) mujeres, cero (0) personas jurídicas, con un capital suscrito de C$ 3,000 (tres mil córdobas netos) y un capital pagado de C$ 3,000 (tres mil córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA AGROPECUARIA PRODUCTORES ARROCEROS DE QUILALI R.L (COOAPAQ R.L) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Jose William Lira López; Vicepresidente (a): Douglas Jose Sevilla López; Secretario (a): Lidia Nubia González Cornejo; Tesorero (a): William Uriel Vargas Córdobas; Vocal: Jose Maximiliano Rivera Ordoñez. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a María Isabel Alemán Gómez, Delegada Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los uno días del mes de Diciembre del año dos mil veintidós. (f) María Isabel Alemán Gómez Delegada Departamental.
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