DECRETO LEJISLATIVO DE 3 DE JULIO DE 1851, DECLARANDO QUE LA IMPRESIÓN DE LAS LEYES DEL ESTADO ES PROPIEDAD DEL GOBIERNO
DECRETO LEGISLATIVO, Aprobado el 03 de Julio de 1851
Código de la Legislación de la República de Nicaragua Libro Primero. De la Rocha, Jesús
Art. único. La impresión de las leyes del Estado es propiedad del Gobierno; pero éste podrá conceder licencia, si lo estimare conveniente, para que lo haga cualquier particular.
NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.