Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(NÓMBRESE A LA COMPAÑERA LICENCIADA RUTH ESPERANZA TAPIA ROA, EMBAJADORA EXTRAORDINARIA Y PLENIPOTENCIARIA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA ANTE EL ILUSTRE GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FRANCESA, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE PARÍS)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 126-2012, aprobado el 27 de junio de 2012

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 122 del 29 de junio de 2012

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Nómbrese a la Compañera Licenciada Ruth Esperanza Tapia Roa, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Nicaragua ante el Ilustre Gobierno de la República Francesa, con residencia en la ciudad de París.

Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, a los veintisiete días del mes de Junio del año dos mil doce. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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