Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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[APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA DE MANTENIMIENTO VIAL Y SERVICIOS MÚLTIPLES CHALMECA, R.L (COOPCHALMECA, R.L)]

RESOLUCIÓN N°. 001-2021-PJ-ZC-MEFCCA, aprobada el 06 de abril de 2021

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 79 del 30 de abril de 2021

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Territorial de ZELAYA CENTRAL del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 026 se encuentra la Resolución No. 001-2021-PJ-ZC-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 001-2021-PJ-ZC-MEFCCA, Región Autónoma Costa Caribe Sur, veinticinco de Marzo del año dos mil veintiuno, las diez de la mañana, en fecha veinticinco de Marzo del año dos mil veintiuno, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA DE MANTENIMIENTO VIAL Y SERVICIOS MULTIPLES CHALMECA, R. L (COOPCHALMECA, R.L) con domicilio social en el Municipio de Rama, de la Región Autónoma Costa Caribe Sur. Se constituye a las dos de la tarde del día diecinueve de Enero del año dos mil veintiuno. Se inicia con once (11) asociados, diez (10) hombres, uno (1) mujeres, cero (0) personas jurídicas, con un capital suscrito de C$30,000 (treinta mil córdobas netos) y un capital pagado de C$7,500 (siete mil quinientos córdobas netos). Esta delegación territorial, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DE MANTENIMIENTO VIAL Y SERVICIOS MULTIPLES CHALMECA, R.L (COOPCHALMECA, R.L) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Saúl Gramendia Moreno; Vicepresidente (a): Francisco Javier Chevez ; Secretario (a): Seyling Rebeca Díaz Avendaño; Tesorero (a): Félix Jonatan Diaz Masis; Vocal: Carlos David Fajardo Palacio. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Luz Marina Jiménez Ibarra, Delegada Territorial. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los seis días del mes de Abril del año dos mil veintiuno. (f) Luz Marina Jiménez Ibarra Delegada Territorial.
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