Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Municipal
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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(SE ELEVA A LA CATEGORIA DE CIUDAD LA VILLA DE SAN JORGE)

DECRETO EJECUTIVO, Aprobado el 30 de Enero de 1931

Publicado en La Gaceta No. 33 del 9 de Febrero de 1931

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

a sus habitantes,
SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

DECRETAN:

Art. 10 Elévase a la categoría de ciudad, la villa de San Jorge, en el Departamento de Rivas, con la jurisdicción que tiene actualmente.

Art. 20 Esta ley principiará a regir desde su publicación en “La Gaceta”.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de. Diputados – Managua, D. N. 14 de enero de 1931. Leonardo Arguello, D. P. Hernán Góngora, D. S. Manuel Escobar, D. S.

Al Poder Ejecutivo – Cámara del Senado – Managua, D. N. 17 de enero de 1931. C. López Irlas, S. P. R. Tapia Moncada, S. S. J. Mejía G. S. S.

Por Tanto: Ejecútese – Casa Presidencial – Managua, treinta de enero de 1931. J. M. MONCADA Presidente de la República BENJ. ABAUNZA. Ministro de la Gobernación.
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