Normas Jurídicas de Nicaragua
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Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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(RATIFICACIÓN DE LA CONVENCIÓN SOBRE LA PROHIBICIÓN DEL MANEJO Y DESTRUCCIÓN DE ARMAS)

DECRETO EJECUTIVO N°. 100-99, aprobado el 24 de agosto de 1999

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 168 del 02 de septiembre del 1999

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I


Que Nicaragua suscribió por el Representante de Nicaragua ante la Organización de las Naciones Unidas en Nueva York, Estados Unidos de América, el 9 de Marzo de 1993 la aprobación de la Convención sobre la prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su destrucción.

II

Que la Asamblea Nacional aprobó la mencionada Convención por Decreto 2298 publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 133 del 13 de Julio de 1999.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política.


HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

Artículo 1.- Ratificar la aprobación de la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción, suscrito por el Representante de Nicaragua ante la Organización de las Naciones Unidas en Nueva York, Estados Unidos de América el 9 de Marzo de 1993.

Artículo 2.- Expedir el instrumento de Ratificación para su depósito en el Organismo correspondiente.

Artículo 3.- El presente Decreto entrará: en vigencia a partir de su publicación, en «La Gaceta Diario Oficial».

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veinticuatro de Agosto de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.

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