Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Instrumentos Internacionales
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TRATADO SOBRE DERECHO MERCANTIL

Aprobada el 6 de Febrero de 1901

Publicado en La Gaceta No. 1408 del 25 de Julio de 1901

Los Gobiernos de El Salvador, Costa Rica, Guatemala, Honduras y Nicaragua, por medio de sus respectivos Delegados Plenipotenciarios, á saber:

Los señores Doctores don Manuel Delgado y don Francisco Martínez Suárez, por el El Salvador; el señor Licenciado don Ricardo Pacheco, por Costa Rica; los señores Licenciados don Salvador Escobar, y don Rafael Montúfar, por Guatemala; los señores Doctores don Fausto Dávila, y don José Leonar, por Honduras; y los señores don Tiburcio G. Bonilla y don Bruno H. Buitrago, por Nicaragua.

A efecto de establecer reglas uniformes de Derecho Mercantil en las cinco Repúblicas de América Central, han convenido en lo siguiente, previa exhibición de sus poderes, que se encontraron en debida forma:

Artículo único-Ratifícase el Tratado sobre Derecho Mercantil que celebraron en Guatemala el 15 de Junio de 1897 los Delegados al primer Congreso Jurídico Centroamericano, con la modificación del art. 37 que para mayor claridad queda así:

“Este Tratado será Ley de la República que lo acepte, desde que se promulgue la ratificación respectiva; y regirá como pacto internacional entre dos ó más Estados desde que se comunique su aprobación, lo cual equivale al canje.”

La no aceptación de alguna ó algunas de las cláusulas de este Tratado, no impedirá que tenga fuerza legal en lo demás”.

En fe de lo cual, los infrascritos Plenipotenciarios, lo hemos firmado y sellado en número de cinco ejemplares, en San Salvador, á cinco de febrero de mil novecientos uno.

Manuel Delgado-Francisco Martínez,- Ricardo Pacheco-Fráncico Martínez-Ricardo Pacheco- Salvador Escobar-Salvador escolar-Rafael Montúfar-F. Dávila-J Leonard-T.G.Bonilla-Bruno H Buitrago.
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