Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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(CREA COMISIÓN DE CONSULTA DEL PROGRAMA DE APOYO A LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO)

ACUERDO MINISTERIAL No. 20-2006, Aprobado el 31 de Mayo del 2006

Publicado en La Gaceta No. 190 del 02 de Octubre del 2006

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que el Contrato de Préstamo No. 1702/SF-NI para financiar el “Programa de Apoyo a la Implementación del Plan Nacional de Desarrollo”, suscrito entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo el 20 de enero de 2006, establece la creación de una Comisión de Consulta del Programa, que será la instancia para conocer, analizar y recomendar actividades relativas al Programa; asimismo esta Comisión ofrecerá un espacio para propuestas y soluciones que permitan apoyar, gestionar y recomendar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público las medidas a tomar para que se cumpla con los objetivos y metas del Programa.
II

Que en el Decreto Ejecutivo No. 76-2002 publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 154 del 16 de agosto del año 2002, se crea la Comisión de Competitividad bajo la dependencia de la Presidencia de la República con el objetivo de contribuir a través de una colaboración efectiva entre los sectores públicos y privados al mejoramiento de la competitividad del país.
POR TANTO

En uso de las facultades que le confieren: el artículo 21 de la Ley No. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 102 del 3 de junio de 1998; Arto. 113 del Decreto No. 25-2006, Reformas e Incorporaciones al Decreto No. 71-98, Reglamento de la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 91 del once de mayo de dos mil seis;
ACUERDA

PRIMERO: Crear la Comisión de Consulta del Programa de Apoyo a la Implementación del Plan Nacional de Desarrollo, con el objetivo de que sea esta la instancia para conocer, analizar y recomendar actividades relativas al Programa.

SEGUNDO: La Comisión estará integrada por los siguientes miembros: El Secretario Ejecutivo de la Comisión de Competitividad quien la presidirá, por los Ministros o sus delegados, Presidentes Ejecutivos o los delegados de los tres co-ejecutores del Programa, siendo estos, el Ministerio de Transporte e Infraestructura, Instituto de Desarrollo Rural y el Instituto Nicaragüense de Turismo y un Representante del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

TERCERO: El Coordinador Técnico de la Unidad Coordinadora del Programa (UCP), actuará como Secretario de la Comisión de Consulta del Programa de Apoyo a la Implementación del Plan Nacional de Desarrollo.

CUARTO: La Comisión de Consulta del Programa se regirá por las normas y procedimientos establecidos en el Contrato de Préstamo No. 1702/SF-NI, sus anexos y su reglamento operativo, a las normas y políticas del Banco Interamericano de Desarrollo y a la legislación nacional vigente.

QUINTO: El presente Acuerdo Ministerial entra en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los treinta y un días del mes de mayo del año dos mil seis. Mario J. Flores, Ministro.
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