Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
Abrir Gaceta
-
“REFORMA ANEXO I, LEY DE IMPUESTO SELECTIVO DE CONSUMO”

Acuerdo No. 28 , Aprobado el 25 de abril de 1989

Publicado en La Gaceta No. 139 del 24 de julio de 1989


El Ministro de Finanzas, en uso de las facultades que le confiere el Arto. 6 Inco. a) del Decreto No. 1532 “Ley de Impuesto Selectivo de Consumo”, publicado en “La Gaceta” Diario Oficial No. 249 del 27 de Diciembre de 1984 (Reimpresa en La Gaceta No. 52 del 14 de Marzo de 1985).

Acuerda:

Primero: Modificar las tarifas Ad-Valoren contenidad en el Enexo I de la Ley de Impuesto Selectivo de Consumo, conforme el siguiente detalle:
Segundo: Este Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veinticinco días del mes de Abril de mil novecientos ochenta y nueve. - William Huper Argüello Ministro de Finanzas.

-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.