LA SUSCRITA MINISTRA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, MARÍA AMELIA CORONEL KINLOCH, ACUERDA APROBAR LA CANCELACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA DE 04 ORGANISMOS SIN FINES DE LUCRO, POR ESTAR EN INCUMPLIMIENTOS A LAS LEYES QUE LOS REGULAN
ACUERDO MINISTERIAL N°. 01-2025-OSFL, aprobado el 07 de enero de 2025
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 02 del 08 de enero de 2025
Acuerdo Ministerial No. 01-2025-OSFL
La suscrita Ministra del Ministerio del Interior de la República de Nicaragua, María Amelia Coronel Kinloch, acuerda aprobar la Cancelación de Personalidad Jurídica de 04 Organismos sin Fines de Lucro, por estar en incumplimientos a las Leyes que los regulan.
Considerando
I
Que el artículo 13 de la Ley N°. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” expresa que: “Cada Ministerio en el ámbito de su competencia es el órgano delegado del Poder Ejecutivo, para cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las Leyes”. Por su parte el artículo 27 del Decreto No. 71-98 reformado por el Decreto N°. 25-2006, “Reformas y Adiciones al Decreto N°. 71-98 Reglamento de la Ley N°. 290; Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, en su parte conducente íntegra y literalmente dice: “Ministros. Los Ministros tienen jurisdicción en toda la República, en el ámbito de su competencia. Sus funciones son permanentes y ejercen la autoridad sobre las dependencias, funcionarios y empleados de su cartera...”
II
El Ministerio del Interior es el encargado de garantizar el cumplimiento de la Ley No. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”, de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley No. 1184 “Ley que establece las Funciones y Estructura del Ministerio del Interior, así mismo es facultad del Ministerio del Interior como autoridad competente regular la constitución, registro, autorización, control, supervisión, sanción y cancelación de personalidad jurídica de Organismos sin Fines de Lucro, de conformidad a los artículos 1, 3, 7 numeral 7 y 57 de la Ley No. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”.
III
Que es facultad de la Dirección General de Registro y Control de OSFL, establecer medidas que promuevan la transparencia e integridad y confianza pública en la administración y manejo de los OSFL, de conformidad al artículo 10 numeral 15 de la Ley N°. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”.
IV
Que los siguientes organismos, han incumplido con sus obligaciones conforme marco normativo, ante la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro, ya que no reportaron por períodos de entre 01 hasta 09 años sus Estados Financieros conforme periodos fiscales, con desgloses detallados de ingresos y egresos, balanza de comprobación, detalle de donaciones y sus Juntas Directivas:
1. Fundación Casa de Espiritualidad, Cultura, Historia, Antropología, Arqueología y Arte Nicaragüense (CECHAN), incumplió con sus obligaciones conforme Ley, al no inscribirse ante el Ministerio del Interior y no reportar desde su constitución en el año 2016, Estados Financieros y Junta Directiva.
2. Asociación Servicios Integrales para la Mujer (SI MUJER), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 442, Gaceta No. 232 del 09/12/1991, inscrita desde el 31/07/1992, bajo el número perpetuo 133-I. Situación Legal: En incumplimiento, Junta Directiva vencida desde el 02/06/2024.
3. Fundación Ministerio Pentecostés Cristo Viene (M.P.C.NIC.), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 7966, Gaceta No. 67 del 12/04/2016, inscrita desde el 24/10/2016, bajo el número perpetuo 6443. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros periodos 2016-2023 y Junta Directiva vencida desde el 09/04/2020.
4. Fundación Río Prinzapolka, Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 2587, Gaceta No. 78 del 26/04/2000, inscrita desde el 29/01/2021, bajo el número perpetuo 6956. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros periodos 2021-2023 y Junta Directiva vencida desde el 03/12/2023.
V
De acuerdo a Dictamen Legal emitido por la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior, los organismos anteriormente referidos, han incumplido sus obligaciones conforme lo establecido en el artículo 44 numerales 3, 7, 24, 25, 26, 26.1, 26.3 y 27, y artículo 45 numeral 7 de la Ley N°. 1115, ya que al no reportar por períodos de entre 01 hasta 09 años sus Estados Financieros conforme periodos fiscales, con desgloses detallados de ingresos y egresos, balanza de comprobación, detalle de donaciones y sus Juntas Directivas, obstaculizando el control y vigilancia de la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior, al no promover políticas de transparencia en la administración de los fondos, desconociéndose a los directivos que los administraban y las ejecuciones de sus proyectos, si fue acorde a sus objetivos y fines, por los cuales se les otorgó Personalidad Jurídica.
POR TANTO
En uso de las facultades conferidas en la Ley N°. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” y sus Reformas, la Ley N°. 1184 “Ley que establece las Funciones y Estructuras del Ministerio del Interior”, Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y su Reglamento, la suscrita Ministra;
ACUERDA
PRIMERO: Aprobar la cancelación de Personalidad Jurídica a los 04 OSFL mencionados en el presente Acuerdo, por estar en incumplimiento de sus obligaciones, conforme a las Leyes que los regulan, obstaculizando el control y vigilancia de la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro. Publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, a las diez de la mañana del día siete de enero del año dos mil veinticinco, (f) María Amelia Coronel Kinloch, Ministra del Ministerio del Interior.