Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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DEJAR SIN EFECTO (VARIOS DECRETOS QUE OBSTACULIZABAN EL LIBRE COMERCIO DE BIENES)

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 233-94, Aprobado el 31 de Enero de 1994

Publicado en La Gaceta No. 49 del 10 de Marzo de 1994

El Ministerio de Economía y Desarrollo, en uso de sus facultades,

CONSIDERANDO:

Que es política del Gobierno, la eliminación de disposiciones que frenen sus esfuerzos por impulsar un modelo de desarrollo económico de libre mercado, en donde la competencia auténtica y libre, es el mejor instrumento para medir y estimular la eficiencia.
II

Que el control de los precios debe regirse por las fuerzas del mercado, asumiendo el Estado el papel de normador y facilitador del desarrollo de la actividad económica.
Por tanto

ACUERDA

Primero: Dejar sin efectos los siguientes Acuerdos y Comunicado del Ministerio de Economía y Desarrollo:

1.- Acuerdo Ministerial publicado en La Gaceta No. 184 del 25 de Septiembre de 1984 que regula la distribución y comercialización de machetes y bujías a través de empresas Estatales de Comercio.

2.- Acuerdo Ministerial No. 2-91 del 4 de Marzo de 1991, que autorizó la Intervención de los Canales de Distribución Estatal, como Supermercados, Distribuidoras y otros.

3.- Acuerdo Ministerial No. 3-91 del 4 de Marzo de 1991, sobre la obligación de los comerciantes de mantener visible la lista de precios de los productos básicos.

4.- Comunicado No. 015 del 11 de Marzo de 1991 relativo a la obligatoriedad de los comerciantes de vender sus productos a precios fijados por el MEDE.

Segundo: El presente Acuerdo entrara en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en Managua, a los treinta y un días del mes de Enero de mil novecientos noventa y cuatro. PABLO PEREIRA G., MINISTRO.
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