Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
Abrir Gaceta
-
(APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA AGROPECUARIA LACTEOS JEHOVA PROVEERA CUADRA VALLE, R.L)

RESOLUCIÓN N°. 002-2020 PJ ZC MEFCCA, aprobada el 15 de mayo de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 118 del 29 de junio de 2020

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Territorial de ZELA YA CENTRAL del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 021 se encuentra la Resolución No. 002-2020 PJ ZC MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 002-2020 PJ ZC MEFCCA, Chontales quince de Mayo del año dos mil veinte, las diez de la mañana, en fecha quince de Mayo del año dos mil veinte, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA AGROPECUARIA LACTEOS JEHOVA PROVEERA CUADRA VALLE, R.L con domicilio social en el Municipio de El Coral, departamento de Chontales. Se constituye a las tres de la tarde del día doce de Noviembre del año dos mil diecinueve. Se inicia con diez (10) asociados, ocho (8) hombres, dos (2) mujeres, con un capital suscrito de C$ 5,000 (cinco mil córdobas netos) y un capital pagado de C$5,000 (cinco mil córdobas netos). Esta delegación territorial, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA AGROPECUARIA LACTEOS JEHOVA PROVEERA CUADRA VALLE, R.L con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Fermín José Cuadra Carrión; Vicepresidente (a): Gerald José Cuadra Valle; Secretario (a): Gloria Emelina Valle Rivera; Tesorero (a): Fermín José Cuadra Valle; Vocal: Lilliam Isabel Angulo Linarez. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Luz Marina Jiménez Ibarra, Delegada Territorial. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los quince días del mes de Mayo del año dos mil veinte. (f) Luz Marina Jiménez Ibarra, Delegada Territorial.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.