Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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AUTORIZASE EMISIÓN DE SELLOS POSTALES CONMEMORATIVOS DEL XXV ANIVERSARIO DE LA ONU Y LA VISITA DEL PRESIDENTE SOMOZA A LA ONU

DECRETO EJECUTIVO N°. 4, aprobado el 26 de enero de 1971

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 27 de 2 de febrero de 1971

El Presidente de la República,

En uso de sus facultades,

Considerando:

Que el 24 de octubre de 1970 se cumplió el vigésimo quinto aniversario de fundación de la Organización de las Naciones Unidas, siendo Nicaragua, uno de los cincuenta países que firmaron su Carta Constitutiva que entró en vigor el 24 de octubre de 1945 al ser ratificada por los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad - China, Francia, Unión Soviética, Inglaterra y los Estados Unidos de América.
Considerando:

Que las diferentes razones que motivaron la creación de las Naciones Unidas y sus principales propósitos, se han cumplido plenamente, justificándose a cabal satisfacción conforme sus principios.
Considerando:

Que el pueblo de Nicaragua ha participado en la celebración del Aniversario señalado con la presencia de su Presidente General de División Don Anastasio Somoza Debayle, en demostración de reconocimientos a la atinada y ardua labor desarrollada por las Naciones Unidas en provecho de la paz, justicia y progreso y concordia de los pueblos.
Decreta:

Artículo 1.-Autorizar una emisión de sellos postales conmemorativos del "XXV Aniversario de las Naciones Unidas y Visita del Presidente Somoza Debayle a las Naciones Unidas", consistente en dos millones trescientas mil estampillas (2,300.000) con valor facial total de setecientos sesenta mil córdobas netos (C$ 760.000.00), distribuidos en ocho (8) denominaciones y cantidades siguientes:

600.000 Estampillas de 10 centavos C$60.000.

600.000 Estampillas de 15 centavos 90.000

300.000 Estampillas de 20 centavos 60.000

100.000 Estampillas de 25 centavos 25.000

150.000 Estampillas de 30 centavos 45.000

200.000 Estampillas de 40 centavos 80.000

300.000 Estampillas de 1 Córdoba 300.000

50.000 Estampillas de 2 Córdobas 100.000
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C$ 760.000

Artículo 2.-Estas estampillas serán de la designación aérea para uso internacional y local y su único diseño para todos los valores será alusivo al motivo de la emisión con inclusión de las efigies del General Anastasio Somoza Debayle. Presidente de Nicaragua y del Señor U.Thant, Secretario General de las Naciones Unidas.

Artículo 3.-La impresión de estos sellos será mediante el proceso de Litho - FOCET usando un solo color y sus variaciones, diferentes en cada denominación, conforme pormenores y especificaciones que dará a conocer la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia.

Dado en Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, a los veintiséis días del mes de enero de mil novecientos setenta y uno. - (f) A. Somoza D., Presidente de la República. - (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C.
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