Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Cultura
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DECLÁRASE DE INTERÉS NACIONAL EXPLORACIÓN ARQUEOLÓGICA Y CRÉASE COMISIÓN PARA ENCONTRAR SITIO DE LEÓN VIEJO

DECRETO LEGISLATIVO N°. 1348, aprobado el 12 de julio de 1967

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 176 del 05 de agosto de 1967

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto No. 1348

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

Artículo 1.- Declárase de interés nacional la exploración arqueológica para encontrar el sitio donde fue construida la ciudad de León Viejo, primera capital de Nicaragua.

Artículo 2.- Para dirigir la exploración a que se refiere el Artículo anterior, créase una Comisión Nacional, integrada por:

a) El Rector de la Universidad Nacional Autónoma.

b) Un representante del Ministerio de Educación Pública;

c) Un representante de la Academia de Geografía e Historia de Nicaragua;

d) Un representante de la Municipalidad de la Paz Centro;

e) Un representante de la Municipalidad de León;

f) Un representante del Sindicato de Periodistas de Managua, y

g) Un representante del Partido de la Minoría.

La Comisión será presidida por el Rector de dicha Universidad y asesorada por uno o más arqueólogos responsables y desempeñarán sus cargos ad-honórem.

Artículo 3.- Prohíbese a los particulares realizar exploraciones en el Municipio de La Paz Centro, Departamento de León, que puedan entorpecer las investigaciones señaladas en el Artículo 1, o causar daño a la riqueza arqueológica que pueda descubrirse.

Artículo 4.- Asígnase inicialmente para esta labor la suma de doscientos cincuenta mil córdobas (C$ 250.000.00) que deberá ser incluida en el próximo Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República.

Artículo 5.- Esta Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. – Managua, D. N., 5 de Julio de mil novecientos sesenta y siete. – Orlando Montenegro M., Diputado Presidente. – J. Alej. Romero C., Diputado Secretario. – F. Zelaya Rojas, Diputado Secretario.

Al Poder Ejecutivo. – Cámara del Senado. – Managua, D. N., Julio 12 de 1967. – Gustavo Raskosky, S. P. – Pablo Rener, S. S. – Adán Solórzano C., S. S.

Por Tanto: Ejecútese. – Casa Presidencial, Managua, D. N., catorce de Julio de mil novecientos sesenta y siete. – “Año Rubén Darío”. – A. SOMOZA D., Presidente de la República. – Vicente Navas A., Ministro de la Gobernación.
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