Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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DECRETO, CREANDO SUBSECRETARIOS EN LOS VARIOS MINISTERIOS

DECRETO EJECUTIVO, Aprobado el 24 de Marzo de 1871

Publicado en La Gaceta Diario Oficial N° 13 del 01 de Abril de 1871

El Gobierno.

En el propósito de procurar la mejor organización i la mayor i mas breve expedición en los asuntos del Despacho; en uso de sus facultades,
Decreta:

Art. 1° Los Jefes de Sección de que habla el artículo 6° del Reglamento Ejecutivo de 13 de setiembre de 1858, se denominarán Subsecretarios del Ministerio a los ramos respectivos, i llevarán el sueldo que les asigne la lei.

Art 2° Los Subsecretarios sucederán a sus respectivos Ministros en las faltas temporales; i en las absolutas, el Presidente designará el Ministro en quien debe recaer la Cartera; así corno cuando falten à la vez el Ministro i el Subsecretario.

Art. 3° Mientras se nombran i toman posesión los Subsecretario de que habla el presente decreto, los actuales jefes de Sección continuarán en el ejercicio de sus funciones, conforme á la organización que establece el Reglamento citado en el artículo 1°.

Art. 4° Queda derogada cualquiera disposición que se oponga á la presente.

Dado en Managua, á 24 de marzo de 1871-Vicente Quadra—El Ministro Gobernación—Francisco Barberena.
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