Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN PARA LA DIGNIDAD HUMANA NICARAGÜENSE)

DECRETO A.N. N°. 2795, aprobado el 28 de noviembre de 2000

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 235 del 12 de diciembre de 2000

DECRETO A.N. N°. 2795

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN PARA LA DIGNIDAD HUMANA NICARAGÜENSE, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.

Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La Fundación para la Dignidad Humana Nicaragüense, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiocho días del mes de Noviembre del dos mil. OSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional. PEDRO JOAQUÍN RIOS CASTELLON, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, once de Diciembre del año dos mil. Arnoldo Alemán Lacayo, Presidente de la República de Nicaragua.
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