Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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APROBACION DE PRESTAMO OTORGADO POR EL FIDA

Decreto No. 980 de 23 de febrero de 1982

Publicado en La Gaceta No. 54 de 6 de marzo de 1982

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

en uso de sus facultades,

Decreta:

Artículo 1.-Apruébase la contratación de préstamo a otorgarse a la República de Nicaragua por el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) hasta por un monto de NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (9,600,000.00 DEG), para financiar parcialmente Proyecto de Desarrollo Rural Integrado de la Región Interior Norte del País "PRONORTE"; tal préstamo será amortizado en veinticuatro cuotas semestrales, iguales y consecutivas y comenzando el 1° de agosto de 1990 y terminando el 1° de febrero de 2002; y reconocerá y pagará semestralmente un interés del 4% anual sobre saldos deudores.

Artículo 2.-Autorízase al Ministro de Finanzas o a la persona en quien él delegue, para convenir con el FIDA en nombre de la República, los gastos, cláusulas y estipulaciones comunes en ésta clase de transacciones, así como para suscribir conjuntamente con el Director del Fondo Internacional para la Reconstrucción de Nicaragua, o quien éste delegue, el respectivo contrato de préstamo y documentos necesarios. El Ministro de Finanzas deberá establecer oportunamente en los presupuestos de ingresos y egresos de la República las cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones contraídas.

Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia desde el momento de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veintitrés días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y dos. " Año de la Unidad Frente a la Agresión" .

JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova Rivas.
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