DECRETO LEJISLATIVO DE 11 DE JUNIO DE 1832, DECLARANDO NULO EL DECRETO EJECUTIVO DE 1º DE JUNIO DE 1826, DADO POR EL VICE-JEFE ARGÜELLO
Código de la Legislación de la República de Nicaragua, Libro Primero. De la Rocha, Jesús
La Asamblea Ordinaria del Estado de Nicaragua: habiendo examinado el decreto de 1º de junio de 1826, dado por el Vice-Jefe, ciudadano Juan Argüello, por representación dirijida a ella por el Lcdo., ciudadano Sabino Escobar, i encontrándolo no conforme con las leyes vijentes, i que aun es apoyado en un decreto que sólo puede tener efecto en el ejército federal, i no en las milicias del Estado,
DECRETA:
1º. Es nulo i de ningún valor el decreto dado el 1º de julio de 1826 por el Vice-Jefe, ciudadano Juan Argüello.
2º. En su consecuencia el Lcdo., ciudadano Sabino Escobar, podrá usar de las divisas que le corresponden, según el último despacho, que en aquella época se le había librado por el Gobierno.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.