Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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REFORMA AL DECRETO No 72-99, REGLAMENTO A LA LEY No 303.

DECRETO No.117-2001, Aprobado el 11de Diciembre del 2001

Publicado en la Gaceta No.1 del 2 de Enero del 2002

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Polí tica,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

REFORMA AL DECRETO No. 72-99, REGLAMENTO A LA LEY No. 303.


Artículo 1.- Refórmanse los Artículos 21 y 22 de Reglamento a la Ley No 303, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No 111 del 11 de Junio de 1999, en la siguiente forma:

Se adiciona al Artículo 21 un numeral 3), el que se leerá así:

3) Las "normas de origen correspondientes", serán las establecidas en los Tratados, Acuerdos o Esquemas Comerciales Preferenciales de los que Nicaragua sea parte o beneficiaria.

Cuando el producto se exporte a un país con el que Nicaragua no haya suscrito un Tratado, Acuerdo o Esquema Comercial Preferencial, se aplicarán las disposiciones contenidas en el Reglamento Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías, y en caso que dicho instrumento no contemple regla de origen para el producto en cuestión, la regla será establecida de conformidad con disposiciones administrativas que para tal efecto emita el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio.

Se reforma el último párrafo de Artículo 22, el que se leerá así:

Adjuntar a la carta solicitud de devolución del reintegro tributario, copia carbónica de la correspondiente Declaración de Exportación, del FAUCA o FUE y dos fotocopias de certificación establecidos, copia del correspondiente certificado de origen según sea el caso, así como los demás documentos (Factura Comercial y Conocimiento de Embarque) . Así como el original y dos fotocopias de los documentos probatorios establecidos anteriormente.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el día once de Diciembre del año dos mil uno. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.

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