(SE APRUEBAN VARIOS CONVENIO APLICADOS EN TIEMPOS DE GUERRA)
ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 4, aprobado el 26 de abril de 1952
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 152 del 7 de julio de 1952
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
ACUERDA:
Primero: Aprobar los siguientes Convenios suscritos por el Delgado de Nicaragua el 12 de Agosto de 1949, en la Conferencia Diplomática Verificada en Ginebra, Suiza, en ese mismo año.
Convenio para mejorar la suerte de los heridos, enfermos y náufragos de las fuerzas armadas en Campaña;
Convenio para mejorar la suerte de los heridos, enfermos y náufragos de las fuerzas armadas en el mar;
Convenio relativo al trato de los prisioneros de guerra; y
Convenio relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra.
Segundo: Someter dichos Convenios a aprobación del Soberano Congreso Nacional.
Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, veintiséis de Abril de mil novecientos cincuenta y dos.- A. SOMOZA.- El Ministerio de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, ÓSCAR SEVILLA SACASA.