Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(OTÓRGUESE PLENOS PODERES A LA COMPAÑERA ALBA AZUCENA TORRES MEJÍA, EMBAJADORA EXTRAORDINARIA Y PLENIPOTENCIARIA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 191-2021, aprobado el 17 de noviembre de 2021

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 230 del 14 de diciembre de 2021

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Otórguese Plenos Poderes a la Compañera Alba Azucena Torres Mejía, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Nicaragua ante el Gobierno de la Federación de Rusia, para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Eximbank de Rusia, Acuerdo de Facilidad de Crédito, así como todos los documentos que con este Acuerdo se suscriban, por un monto de Dieciséis Millones Ochocientos Treinta y Dos Mil Seiscientos Dos Euros con Cero Nueve Centavos (€16,832,602.09).

Artículo 2. Déjese sin efecto la autorización contenida en el Acuerdo Presidencial N°. 152-2021, de fecha veintiséis de agosto del año 2021, publicado en la Gaceta Diario Oficial N°. 161 del 27 de agosto del año 2021.

Artículo 3. La certificación de este Acuerdo Presidencial es suficiente para acreditar la facultad de la Compañera Alba Azucena Torres Mejía, para actuar en representación del Gobierno de la República de Nicaragua de conformidad con el contenido del Artículo 1 del presente instrumento.

Artículo 4. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día diecisiete de noviembre del año dos mil veintiuno. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.
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