Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sector Energético y Minero, S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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APROBACIÓN DE MODIFICACIONES A LA NORMATIVA DE CONCESIONES Y LICENCIAS ELÉCTRICAS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 019-DGERR-016-2019, aprobada el 30 de septiembre de 2019

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 206 del 29 de octubre de 2019

EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS,

CONSIDERANDO

I.-

Que de conformidad al artículo 30 de la Ley No. 290, "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", y sus reformas, el Ministerio de Energía y Minas como órgano rector y normador del sector energético y minero del país, tiene entre sus funciones y atribuciones la de aprobar y poner en vigencia las normas técnicas de la regulación de las actividades de generación, transmisión y distribución del sector eléctrico.

II.-

Que en base a lo establecido en el Arto. 89 de la Ley No. 272, Ley de la Industria Eléctrica, con sus reformas, las Licencias y Concesiones Eléctricas, pueden extinguirse antes del vencimiento del plazo establecido por razones de caducidad, revocación y/o renuncia, lo cual, según lo dispuesto en el arto. 92 de la mencionada Ley, las declaraciones de caducidad y revocación son emitidas por el Ministerio de Energía y Minas, en base al procedimiento establecido en el Decreto No. 42-98, Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica y a la Normativa de Concesiones y Licencias Eléctricas.

III.-

Que en fecha 28 de octubre del año 1999, fue aprobada por el Instituto Nicaragüense de Energía (INE), la Resolución No. 017-INE-1999, Normativa de Concesiones y Licencias Eléctricas, la cual establece las condiciones, requisitos y suministro de información bajo las cuales el Ministerio de Energía y Minas, de conformidad a la Ley No. 272, Ley de la Industria Eléctrica con sus reformas, otorga y/o revoca las Licencias y Concesiones Eléctricas.

IV.-

Que a través del Centro Nacional de Despacho de Carga (CNDC), se ha informado el retiro de unidades de las Plantas de Generación Eléctrica; lo que da como resultado discrepancias entre la capacidad real y la capacidad asociada en sus Contratos de Licencia de Generación, situación que requiere una actualización con el fin de homologar las licencias de generación con el sistema SCADA, que permita la incorporación de nuevos proyectos, depurar los informes técnicos, así como también los registros de las distintas base de datos comerciales y operativas.

V.-

Que se hace necesario una reforma la Normativa de Concesiones y Licencias Eléctricas, que permita establecer un procedimiento de revocación parcial de las Concesiones y Licencias Eléctricas, que tutele los derechos y garantías de las partes y asegure el correcto funcionamiento del sector eléctrico nacional.

POR TANTO

El Ministerio de Energía y Minas, en uso de las facultades conferidas por la Ley No. 290, "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo" y sus reformas;

RESUELVE:

PRIMERO: Aprobar las modificaciones a la Normativa de Concesiones y Licencias Eléctricas, en el numeral NLC. 6.4.1 del Capítulo 6.4 "CADUCIDAD O REVOCACIÓN DE UNA CONCESIÓN O LICENCIA", el que se leerá de la siguiente manera:

"NLC. 6.4. 1 Las solicitudes de caducidad o revocación parcial o total de una concesión o licencia, podrán ser solicitadas por el Instituto Nicaragüense de Energía, el Centro Nacional de Despacho de Carga o por iniciativa propia del Ministerio de Energía y Minas, siempre y cuando se verifiquen una o más de las causales de caducidad o revocación indicadas en la Ley y su Reglamento o cuando el estado actual de una planta de generación o concesión de distribución, ponga en riesgo la generación o prestación del servicio de energía.

El MEM iniciará un informe en que se registre y analice los incumplimientos o posibles incumplimientos de las obligaciones contractuales del titular de Licencia o Concesionario, que ponga en riesgo la generación o prestación del servicio de energía. "

SEGUNDA: La presente modificación de la Normativa de Concesiones y Licencias Eléctricas entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

En la ciudad de Managua, 30 de Septiembre del año 2019. (f) Salvador Mansell Castrillo. Ministerio de Energía y Minas.
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