(PRÓRROGA DE RENOVACIÓN DE PORTACIÓN DE ARMAS DE FUEGO)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 673, Aprobado el 6 de Marzo de 1946
Publicado en La Gaceta No. 57 del 14 de Marzo de 1946
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
Acuerda:
Único.- Prorrogar hasta el último de Marzo corriente, el plazo para hacer en este año la renovación de licencias de portar armas de fuego, a que se refiere el Art. 8 de la Ley de Portación de Armas, de 9 de Febrero de 1937.
Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 6 de Marzo de 1946.- SOMOZA.-El Ministro de Policía.- M. Salmerón.