Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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(OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA AGROPECUARIA DE SERVICIOS MÚLTIPLES ALMENDRAS DE ORO, OCOTE TUMA R.L. (COASMAOT, R.L.)

RESOLUCIÓN N°. 001-2020 PJ MT MEFCCA, aprobada el 30 de enero de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 48 del 11 de marzo de 2020

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de Matagalpa del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 073 se encuentra la Resolución No. 001-2020 PJ MT MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 001-2020 PJ MT MEFCCA, Región Autónoma Costa Caribe Norte veintiocho de Enero del año dos mil veinte, las cuatro de la tarde, en fecha veinte de Enero del año dos mil veinte, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA AGROPECUARIA DE SERVICIOS MÚLTIPLES ALMENDRAS DE ORO, OCOTE TUMA R.L. (COASMAOT, R.L.) con domicilio social en el Municipio de Waslala, de la Región Autónoma Costa Caribe Norte. Se constituye a las ocho de la mañana del día veintiséis de Octubre del año dos mil dieciocho. Se inicia con diecisiete (17) asociados, diez (10) hombres, siete (7) mujeres, con un capital suscrito de C$5,100 (cinco mil cien córdobas netos) y un capital pagado de C$5,100 (cinco mil cien córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA AGROPECUARIA DE SERVICIOS MÚLTIPLES ALMENDRAS DE ORO, OCOTE TUMA R.L. (COASMAOT, R.L.) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Andrómaca Azucena Arancibia Hernández; Vicepresidente (a): Antonio Mejía; Secretario (a): Suydin Mayeslin Navarro Moran; Tesorero (a): Adalis Orozco González; Vocal: Wilmer Soza Arancibia; Vocal: Delvin Ariel Jarquín Dávila; Vocal: Dayelcy Jodany Orozco Lopez. Certifíquese la presente resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Denis Martin Cabrera Cruz, Delegado Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los treinta días del mes de Enero del año dos mil veinte. (f) Denis Martín Cabrera Cruz, Delegado Departamental.
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