Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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(SUSPENSIÓN DE DERECHOS E IMPUESTOS QUE GRAVEN LA IMPORTACIÓN DE MENAJES DE CASA)

ACUERDO MINISTERIAL No. 28. Aprobado el 1 de Octubre de 1987.

Publicado en La Gaceta No. 275 del 24 de Diciembre de 1987.

EL MINISTERIO DE FINANZAS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO:


Que es necesario adoptar facilidades aduaneras aplicables a las personas que se acojan a la Ley de Amnistía y regresan al país para radicarse en él. En base a lo dispuesto en el Arto. 13 inciso c) del Código Arancelario de Importaciones.

ACUERDA:

Primero: Conceder la suspensión de derechos e impuestos que graven la importación del menaje de casa a las personas que se acojan a los beneficios de la Ley de Amnistía y Repatriados que regresan al paí ;s para radicarse en él, siempre que éstos sean introducidos con ellos mismos, o en un plazo posterior a su ingreso de 30 días.

Segundo: Para la concepción de dichas facilidades la Dirección General de Aduanas adoptará un procedimiento de trámites mínimos.

Tercero: Se faculta a la Dirección General de Aduanas para que dicte normas complementarias que faciliten la ejecución del presente Acuerdo.

Dado en la ciudad de Managua, al primer día del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y siete. SILVIO VARGAS GUZMÁN. Ministro de Finanzas por la Ley.

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