Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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(PRORROGASE POR 30 DÍAS LA ESTANCIA EN EL TERRITORIO NACIONAL DEL
PERSONAL MILITAR DE DEFENSA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y DEL
REGIMIENTO SALAMANCA DE ESPAÑA)

DECRETO EJECUTIVO N°. 11 -99, aprobado el 8 de febrero de 1999

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 29 del 11 de febrero de 1999

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I


Que por Decreto N°. 75-95 publicado en La Gaceta N°. 214 del 10 de Noviembre de 1998, fundamentado en el párrafo 3 del artículo 92 de la Constitución Política se autorizó el ingreso al país de Tropas y Aeronaves Extranjeras para colaborar en la Reconstrucción del país por los daños causados por el Huracán Mitch.

II

Que la Asamblea Nacional por Resolución N°. 007-98, del 10 de Noviembre de 1998, ratificó el ingreso y estacionamiento en el territorio nacional de maquinaria, naves, aeronaves militares y personal extranjero que llegaron con fines humanitarios, por un período de noventa días prorrogables.

III

Que el personal militar habiendo concluido sus tareas humanitarias, por razones de logística y de revisión y empaque de la maquinaria, deben permanecer en el país por un período de tiempo mayor.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política


HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

Artículo 1.- Prorrógase por 30 días la estancia en el territorio nacional del personal militar de Defensa de los Estados Unidos de América y del Regimiento Salamanca de España.

Artículo 2.- Enviar a la Asamblea Nacional el presente Decreto para su ratificación.

Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación, en “La Gaceta Diario Oficial”.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el ocho de Febrero de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente dé la República de Nicaragua.

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