Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN GENERAL JOSÉ DOLORES ESTRADA

DECRETO A.N. N°. 397, aprobado el 21 de febrero de 1991

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 121 del 2 de julio de 1991

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Ha Dictado:

El siguiente:

Decreto:

Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Fundación General José Dolores Estrada, Fundación Civil, sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio de Managua.

Arto. 2.- La representación legal de la Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos que deberán ser aprobados por el Ministerio de Gobernación.

Arto. 3.- La Fundación General José Dolores Estrada, estará obligada al cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Concesión de la Personalidad Jurídica y demás leyes de la República.

Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La
Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los veintiún días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y uno.- Alfredo César Aguirre. Presidente de la Asamblea Nacional.- Fernando Zelaya Rojas. Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese.- Managua, 28 Febrero de mil novecientos noventa y uno. - Violeta Barrios de Chamorro. Presidente de la República.
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