Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
Abrir Gaceta
-
(ASCENDER AL CORONEL JOSÉ ALBERTO RAMÍREZ GUEVARA, AL GRADO MILITAR DE GENERAL DE BRIGADA)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 155-2021, aprobado el 02 de septiembre de 2021

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 168 del 07 de septiembre de 2021

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 155-2021

El Presidente de la República de Nicaragua,
Comandante Daniel Ortega Saavedra

CONSIDERANDO

I

Que el proceso de fortalecimiento institucional del Ejército de Nicaragua hace necesaria la sistemática aplicación de los principios fundamentales que rigen la carrera militar y especialmente asegurar la correspondencia jerárquica de los cargos de Mando Superior y Mando de Unidades con el grado militar efectivo de los titulares que los desempeñan.

II

Que de conformidad con las normas que rigen la carrera y el escalafón militar, el Coronel José Alberto Ramírez Guevara, cumple los requisitos y parámetros establecidos y hace méritos suficientes para ser ascendidos al grado militar inmediato superior.

III

Que el artículo 6, numeral 7, de la Ley Nº 181 "Código de Organización, Jurisdicción y Previsión Social Militar'', establece que es atribución del Presidente de la República aprobar y otorgar los grados militares de General o equivalente a propuesta del Consejo Militar.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA

Artículo 1. Ascender al Coronel José Alberto Ramírez Guevara, al grado militar de General de Brigada.

Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día dos de septiembre del año dos mil veintiuno. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.