Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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(REFORMAR TARIFA AD-VALOREN CONTENIDA EN EL ANEXO l DE LA LEY DE IMPUESTO SELECTIVO DE CONSUMO)

ACUERDO MINISTERIAL No. 20. Aprobado el 18 de Julio de 1990.

Publicado en La Gaceta No. 250 del 28 de Diciembre de 1990.

EL MINISTRO DE FINANZAS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:

ACUERDA:


Primero: Reformar la siguiente tarifa ad-valoren contenida en el Anexo l de la Ley de Impuesto Selectivo de Consumo.

NAUCA II TASAS

Cap. Part. Sub. Inc. DESCRIPCIÓN Prod. Nac Import.

% %

22 03 00 00 Cervezas 45 100

Este impuesto se aplica sobre

el precio de venta al detallista

previamente registrado y aprobado

por la Dirección General de Ingresos.

Segundo: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva.

Dado en la ciudad de Managua, a los dieciocho días del mes de Julio de mil novecientos noventa. EMILIO PEREIRA ALEGRÍA. Ministro de Finanzas.

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