HASE POR INSTALADO EL CONGRESO NACIONAL EN SESIONES EXTRAORDINARIAS
Decreto Legislativo , Aprobado 24 de Marzo de 1950
Publicado en La Gaceta No. 65 del 25 de Marzo de 1950
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, a sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
DECRETO:
La Cámara de Diputados y la del Senado de la República de Nicaragua,
DECRETAN:
ÚNICO.- Háse por instalado el Congreso Nacional en sesiones extraordinarias para que fuera convocado por Decreto Ejecutivo No. 182 de esta misma fecha y por el Presidente de la Asamblea de conformidad con la fracción 2ª. del Art. 114 de la Constitución Política a requerimiento de má s de quince miembros propietarios.
Dado en el Salón de Sesiones del Congreso.-Managua, D. N., 24 de Marzo de 1950.- M. F. Zurita, Presidente.-Salv. Castillo, Secretario.- A. Montenegro, Secretario.
Por Tanto: Publíquese.-Casa Presidencial.-Managua, D. N., 24 de Marzo de 1950.- V. M. ROMAN, Presidente de la República.-M. Salmerón, Ministro de la Gobernación.