Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(REELÍJASE COMO MIEMBRO PROPIETARIO DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA AL LICENCIADO JOSÉ ADÁN AGUERRÍ CHAMORRO, DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 15 DE LA LEY N°. 732, LEY ORGÁNICA DEL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA Y SU REFORMA)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°.44-2017, aprobado el 18 de abril 2017

Publicado en la Gaceta, Diario Oficial N°. 74 del 21 de abril de 2017

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL N°.44-2017

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Reelíjase como Miembro Propietario del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua al Licenciado José Adán Aguerrí Chamorro, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley N°. 732, Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua y su reforma, por un periodo de cinco años contados a partir de la fecha en que la Asamblea Nacional ratifique el nombramiento conferido en el presente Acuerdo.

Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Póngase en conocimiento de la Asamblea Nacional para su debida ratificación.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día dieciocho de abril del año dos mil diecisiete. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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