REFORMAS A LA LEY DE IMPUESTO SELECTIVO DE CONSUMO (ANEXO 1)
REGLAMENTO N°. 6245, aprobado el 16 de julio de 1985.
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 245 de 20 de diciembre de 1985.
El Ministerio de Fianzas, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 6, del Decreto 1532 publicado en La Gaceta 249 del 27 de Diciembre de 1984, (Ley de Impuesto Selectivo de Consumo del 27 de Diciembre de 1984) dispone lo siguiente:
ÚNICO-
Se reforman las siguientes tarifas ad-valorem, contenidas en el Anexo 1 de la Ley de Impuesto Selectivo de Consumo.
Las nuevas tarifas entrarán en vigencia a partir de la fecha de publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los dieciséis días del mes de Julio de mil novecientos ochenta y cinco. "Por La Paz, "Todos Contra la Agresión". - WILLIAM HUPER ARGÜELLO, MINISTRO.