Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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Sin Vigencia

(NOMBRAR AL COMPAÑERO CAIRO ROBERTO LAGUNA, VICE-PRESIDENTE EJECUTIVO DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE LA PESCA Y ACUICULTURA)

ACUERDO PRESIDENCIAL Nº 283-2007, aprobado el 15 de junio de 2007

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 118 del 22 de junio de 2007

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL Nº 283-2007

El Presidente de la República de Nicaragua

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Nombrar al Compañero Cairo Roberto Laguna, Vice-Presidente Ejecutivo del Instituto Nicaragüense de la Pesca y Acuicultura.

Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los quince días del mes de junio del año dos mil siete.- DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua.
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