MODIFICACIONES A INCISOS DE DECRETO EJECUTIVO SOBRE PRECIOS Y TIMBRES DE CIGARROS
Decreto No. 16 de 8 de septiembre de 1970.
Publicado en La Gaceta No. 217 de 24 de septiembre de 1970.
El Presidente de la República,
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.-El inciso d) del artículo del decreto ejecutivo No. 18 de Agosto se leerá así:
"Inciso d) el precio del detalle es de C$ 1.50 y el timbre será de color rojo bajo".
Artículo 2.-El artículo 1 del decreto No. 18 del 30 de Agosto de 1968 se le agrega el siguiente Inciso:
Inciso h) El precio al detalle de C$ 1.75 y el timbre será de color gris".
Artículo 3.-Este decreto empezará a regir desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los ocho días del mes de septiembre de 170.- (f) A. SOMOZA, Presidente de la República.- (f) Gustavo Montiel, Ministro de hacienda, C.P.".