Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO N°. 6020620006 SUSCRITO EL 22 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE POR EL BANCO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE LA REPÚBLICA DE CHINA Y EL 04 DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

DECRETO A. N N°. 8517, Aprobado el 19 de Febrero de 2019

Publicado en la Gaceta, Diario Oficial N°. 36 el 22 de Febrero de 2019

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 19-2019, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, actuando en nombre y representación de la República de Nicaragua, suscribió el Convenio de Préstamo N°. 6020620006 con el Banco de Importación y Exportación de la República de China, por un monto de Cien Millones de Dólares moneda de los Estados Unidos de América (US$100, 000,000.00).

II

Que mediante el Convenio de Préstamo referido, el Banco de Importación y Exportación de la República de China, le otorga a la República de Nicaragua, un préstamo por la suma de Cien Millones de Dólares moneda de los Estados Unidos de América (US$1 00,000,000.00), destinados al Apoyo Presupuestario en el Plan de Inversión Pública; a veinte (20) años de plazo, incluyendo cinco (5) años de gracia; con una tasa de interés basada en LIBOR para cada 6 meses más un uno por ciento ( 1%) anual.

III

Que las condiciones financieras del préstamo que otorga el Banco de Importación y Exportación de la República de China, permiten alcanzar un nivel de concesionalidad del once punto treinta y tres por ciento (11.33 %) y está en armonía con los Lineamientos de la Política Anual de Endeudamiento Público 2019, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N° 147 del 02 de agosto de 2018, con los objetivos de la Estrategia Nacional de Deuda Pública 2016-2019, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 48 del 09 de marzo de 2016 y con lo establecido en la Ley N°. 477, Ley General de Deuda Pública y su Reglamento, artículo 50, numeral 3.

POR TANTO

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO A. N. N°. 8517
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO N°. 6020620006 SUSCRITO EL 22 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE POR EL BANCO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE LA REPÚBLICA DE CHINA, Y EL 04 DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Artículo 1 Apruébese el Convenio de Préstamo N°. 6020620006, entre la República de Nicaragua, representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Banco de Importación y Exportación de la República de China, por un monto de Cien Millones de Dólares moneda de los Estados Unidos de América (US$100,000,000.00), destinados al Apoyo Presupuestario en el Plan de Inversión Pública, cuyo organismo ejecutor será el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto: Publíquese:

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil diecinueve. Dr. Gustavo Eduardo Porras Cortés, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Loria Raquel Dixon Brautigam, Secretaria de la Asamblea Nacional.
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