Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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(APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA "SAN JUAN DE LA CRUZ", R.L.)

RESOLUCIÓN N°. 003-2022-PJ-JI-MEFCCA, aprobada el 16 de febrero de 2022

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 66 del 06 de abril de 2022

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de JINOTEGA del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 0044 se encuentra la Resolución No. 003-2022-PJ-JI-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 003-2022-PJ-JI-MEFCCA, Jinotega, dieciséis de Febrero del año dos mil veintidós, las diez de la mañana, en fecha tres de Febrero del año dos mil veintidós, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA "SAN JUAN DE LA CRUZ", R.L. con domicilio social en el Municipio de Jinotega, departamento de Jinotega. Se constituye a las dos de la tarde del día veintidós de Julio del año dos mil veintiuno. Se inicia con diez (10) asociados, ocho (8) hombres, dos (2) mujeres, cero (0) personas jurídicas, con un capital suscrito de C$ 10,000 (diez mil córdobas netos) y un capital pagado de C$ 10,000 (diez mil córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA "SAN JUAN DE LA CRUZ", R.L. con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Moisés Josue Muñoz Chaves; Vicepresidente (a): Diana Carolina Gutierrez Esquivel; Secretario (a): Karla Vanessa Flores Gutierrez; Tesorero (a): Oscar Edmundo Lopez Benavente; Vocal: Franklin Ignacio Blandon Lopez. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a José Ramón Berrios, Delegado Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los dieciséis días del mes de Febrero del año dos mil veintidós. (f) José Ramón Berrios, Delegado Departamental.
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