Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir, S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(OTÓRGUESE PLENOS PODERES AL COMPAÑERO EDGARDO JOSÉ CUAREZMA GARCÍA, EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA ANTE EL ILUSTRE GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COREA Y A LA COMPAÑERA MARÍA DE LOS ÁNGELES BOEDEKER, DIRECTORA DE COOPERACIÓN EXTERNA DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA (MINSA) COMO INSTITUCIÓN EJECUTORA; PARA QUE EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBAN CON EL HONORABLE MINISTERIO DE SALUD Y BIENESTAR DE LA REPÚBLICA DE COREA, EL "MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO SOBRE COOPERACIÓN EN EL ÁREA DE ASISTENCIA MÉDICA Y CIENCIAS DE LA SALUD ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL DE LA REPÚBLICA DE COREA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA")
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 202-2016, Aprobado el 04 de Octubre de 2016

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 192 de 13 de Octubre de 2016

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Otórguese Plenos Poderes al Compañero Edgardo José Cuarezma García, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Nicaragua ante el Ilustre Gobierno de la República de Corea y a la Compañera María de los Ángeles Boedeker, Directora de Cooperación Externa del Ministerio de Salud de la República de Nicaragua (MINSA) como institución ejecutora; para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriban con el Honorable Ministerio de Salud y Bienestar de la República de Corea, el "Memorándum de Entendimiento sobre Cooperación en el Área de Asistencia Médica y Ciencias de la Salud Entre el Ministerio de Salud y Bienestar Social de la República de Corea y el Gobierno de la República de Nicaragua".

El acto de firma del Memorándum de Entendimiento, se ejecutará en el marco de la "Feria Médica y de Hospitales de Corea 2016", que se realizara del 20 al 22 de octubre del año 2016, en Seúl, República de Corea.

Artículo 2. La Certificación del presente Acuerdo Presidencial es suficiente para acreditar la facultad de los funcionarios relacionados, para actuar en representación del Gobierno de la República de Nicaragua, de conformidad con el contenido del Artículo 1 del presente instrumento.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día cuatro de octubre del año dos mil dieciséis. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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