Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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(RATIFICAR EL CONVENIO DE LA UNIÓN POSTAL DE LAS AMÉRICA Y ESPAÑA)

DECRETO LEGISLATIVO N° 2, aprobado el 11 de mayo de 1961

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 117 del 27 de mayo de 1961

El Presidente de la República,

Decreta:

Primero:—Ratificar el Convenio de la Unión Postal de las Américas y España, el Protocolo Final y su Reglamento de Ejecución, y sus correspondientes Anexos; Acuerdo Relativo a Valores Declarados; Acuerdo Relativo a Encomiendas Postales; el Protocolo final y su Reglamento de Ejecución; Acuerdo Relativo a Giros Postales y su Protocolo Final; Reglamento de la Oficina Internacional de la Unión Postal de las Américas y España y Reglamento de la Oficina International de Trasbordos, suscrito por el Plenipotenciario de Nicaragua el día catorce de Octubre de mil novecientos sesenta, en el VIII Congreso de la Unión Postal de las Américas y España, celebrado en Bueno Aires, República Argentina.
Segundo. —Expídase el correspondiente instrumento de Ratificación para ser depositado ante el Gobierno de la República Argentina.
Comuníquese: —Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, tres de abril de mil novecientos sesenta y uno. LUIS A. SOMOZA D. El Ministro de Estado en el.
Despacho de Relaciones Exteriores, Alejandro Montiel Argüello.

Por Tanto:

Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por Mí, sellado con el Gran Sello Nacional y refrendado por el Señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores; para ser depositado ante el Gobierno de la República Argentina.
Dado en Casa Presidencial, Managua Distrito Nacional, once de mayo de mil novecientos sesenta y uno. LUÍS A. SOMOZA D. Presidente de la República. El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exterior. Alejandro Montiel Argüello.
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