Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
Abrir Gaceta
-
APRUÉBASE RESOLUCIÓN DEL COMITÉ COORDINADOR DE LA INDUSTRIA LÁCTEA SOBRE PRECIO DE GALÓN DE LECHE

ACUERDO No 18-V, Aprobado el 28 de mayo de 1971

Publicado en La Gaceta No. 120 del 01 de junio de 1971

El Ministerio de Economía, Industria y Comercio,


En uso de las facultades que le confieren el párrafo 20 del Arto. 10 del Decreto Legislativo No 723 y el Arto. 7 del Decreto No 13 del 22 de Febrero de 1968,

ACUERDA:

Artículo 1º.- Aprobar lo resuelto por el Comité Coordinador de la Industria Láctea, en el Punto 30 de la Sesión del 26 de Mayo del corriente año, mediante la cual se fijó el precio de Leche para uso industrial en beneficio del Productor, en la suma de DOS CÓRDOBAS CON TREINTA CENTAVOS (C$ 2.30) por galón, en lugar de DOS CORDOBAS NETOS (C$ 2.00), por un período comprendido entre el 1 de Junio y el 30 de Noviembre del año en curso; sin que esta alza de precio en beneficio del Productor, en ningún caso pueda considerarse como base para aumentar el precio de la leche al público consumidor.

Artículo 2º.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha y deberá publicarse en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en Managua, Distrito Nacional, a los veintiocho días del mes de Mayo de mil novecientos setenta y uno. - JUAN JOSÉ MARTÍNEZ L., Ministro de Economía, Industria y Comercio. - Rodolfo Sánchez Román, Oficial Mayor, a. i.”

-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamin Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier Diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.