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Sin Vigencia
OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN POR EL DESARROLLO DE NICARAGUA (NICADES)
DECRETO A. N. N°. 762, aprobado el 12 de abril de 1994
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 118 del 24 de junio de 1994
DECRETO A.N. No. 762
El Presidente de la República de Nicaragua
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
En uso de sus facultades;
Ha Dictado
El siguiente:
Decreto:
Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación por el Desarrollo de Nicaragua (NICADES), Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Matagalpa.
Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3 La Asociación por el Desarrollo de Nicaragua (NICADES), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los doce días del mes de Abril de mil novecientos noventa y cuatro. Luis Humberto Guzmán Áreas, Presidente de la Asamblea Nacional. Francisco Duarte Tapia, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veinte de mayo de mil novecientos noventa y cuatro. Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.