Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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AMPLIASE EN PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS PARTIDAS EN RAMO DE SALUD PUBLICA

No. 193, Aprobado el 22 de Octubre de 1975.

Publicado en La Gaceta No. 78 del 1 de Abril de 1976

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

en use de sus facultades, y

CONSIDERANDO:

Que el Arto.63 de las Regulaciones Presupuestarias Vigentes, dispone que las asignaciones que tengan financiamiento por medio de empréstitos, donaciones, bonos del Tesoro Nacional o cualquier instrumento de crédito o convenios especiales, etc, podrán ser ampliadas o incorporados al Presupuesto.
CONSIDERANDO:

Que el Arto.63 dispone que estas asignaciones se ampliarán en relación directas a los fondos obtenidos y destinados a programas específicos para su ajustamiento a la realidad operativa.

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Salud Publica nos ha informado de pagos efectuados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), al proyecto Programa Conjunto de 74 comunidades no previsto en el Presupuesto Vigente.
ACUERDA:

Primero: Amplíase en el Presupuesto General de Ingresos Vigente, la cantidad de Veintitrés Millones Ciento Setenta y Siete Mil Ochocientos Cincuenta y Seis Córdobas (C$ 23.177,856.00), en la siguiente partida especifica:

BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)

240236 Programa Conjunto de 74 Comunidades (341-SF-NI) C$23.177,856.00

Segundo: Amplíese en el Presupuesto General de Egresos Vigente, la cantidad de Veintitrés Millones Ciento Setenta y Siete Mil Ochocientos Cincuenta y Seis Córdobas (C$23.177,856,00), en las siguientes partidas especificas:

Ministerio de Salud Pública:
Proyecto: 06-2-01 Programa Conjunto de 74 Comunidades
codificación: 09-06-2-01-23-34
32-06 Construcción, Adiciones y Mejoras C$ 23.177,856.00
063 De Obras Urbanísticas
Recursos Externos
Total C$23.177,856.00

Comuníquese y Publíquese: Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los veintidós días del mes de Octubre de mil novecientos setenta y cinco.- (f) A. SOMOZA D., Presidente de la Republica. - (f), GUSTAVO MONTIEL B., Ministro de Hacienda y C. P.
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